Avisos de registro de plaguicidas

La conferencia LATAM de Oficina de Programas de Plaguicidas publica periódicamente avisos de relaciones públicas. Un aviso de relaciones públicas es un vehículo para proporcionar a los inscritos información importante de manera oportuna. Puede incluir una nueva política o la aclaración de una política o requisitos existentes. A continuación se enumeran algunos avisos de relaciones públicas importantes. Para más información visite: www.epa.gov/PR_Notices

2008

08-2: Productos plaguicidas antimicrobianos con afirmaciones relacionadas con el ántrax.
Proporciona orientación a los posibles solicitantes de productos antimicrobianos que hacen afirmaciones en el etiquetado de "inactivar Bacillus Anthracis (ántrax) esporas ”(en lo sucesivo,“ productos relacionados con el ántrax ”). Esta guía debería ayudar a los Estados Unidos a estar preparados para responder a incidentes relacionados con esporas de ántrax asegurándose de que los productos relacionados con el ántrax estén registrados, que tengan el etiquetado apropiado y que sean efectivos cuando se usan según las instrucciones. Además, esta guía ayudará a proteger la salud pública de los riesgos potenciales de las esporas de ántrax mediante el empleo de términos y condiciones de registro que limitan el uso de productos relacionados con el ántrax a aquellos que están debidamente capacitados y que se determina que son competentes en su uso.
08-1: Declaraciones generales de etiquetado sobre peligros ambientales en productos para uso residencial en exteriores.
Orientación sobre el lenguaje opcional de la etiqueta de peligro ambiental para ciertos productos pesticidas de uso no restringido destinados a uso residencial al aire libre. La EPA emprende iniciativas como esta para mejorar y aclarar el etiquetado de los productos pesticidas. Las declaraciones de etiquetas específicas recomendadas en este Aviso tienen como objetivo mejorar las etiquetas existentes al aclarar el lenguaje sobre lo que el usuario debe hacer para evitar la contaminación ambiental. La Agencia cree que la adopción voluntaria de estas recomendaciones por parte de los solicitantes de registro de pesticidas ayudará a los usuarios de pesticidas a comprender mejor cómo usar los productos de consumo para minimizar los peligros ambientales. Los inscritos que deseen utilizar estas declaraciones deben seguir las instrucciones de este aviso. Ningún solicitante de registro está obligado a realizar ninguna acción en respuesta a este aviso.

2007

07-4: Revisiones de etiquetado requeridas por la regla final “Manejo y eliminación de plaguicidas; Normas para envases y contención de plaguicidas ”.
Proporciona instrucciones para implementar el nuevo lenguaje de etiquetas de productos pesticidas requerido por las nuevas regulaciones en el 40 CFR parte 156 establecido por la Norma final “Manejo y eliminación de pesticidas; Normas para envases y contención de plaguicidas ”(71 FR 47330, 16 de agosto de 2006). Este aviso brinda orientación a los solicitantes de registro de plaguicidas sobre la revisión de las etiquetas de sus productos a fin de implementar los nuevos requisitos. La mayoría de los solicitantes de registro pueden realizar las modificaciones necesarias en la etiqueta mediante notificación; sin embargo, en algunos casos se puede requerir una solicitud de enmienda y la aprobación de la EPA. Como se especifica en la regla final, para el 17 de agosto de 2009, todos los productos pesticidas distribuidos o vendidos por un registrante deben tener etiquetas que cumplan con los nuevos requisitos (40 CFR § 156.159).
07-3: Grupo de trabajo sobre exposición a manipuladores agrícolas, LLC
Anuncia la formación del Grupo de trabajo sobre exposición a manipuladores agrícolas, LLC (AHETF) y un grupo de trabajo de toda la industria para desarrollar conjuntamente datos de exposición de mezcladores, cargadores y aplicadores (en adelante, "manipuladores") para pesticidas utilizados en entornos agrícolas. Este Aviso analiza por qué se están desarrollando estos datos y cómo los registrantes pueden participar en el desarrollo de estos datos. El Aviso identifica contactos de la Agencia de Protección Ambiental (EPA) y el Grupo de Trabajo para personas que desean más información.
07-2: Orientación sobre pruebas de campo a pequeña escala y presencia de bajo nivel en los alimentos de protectores incorporados en plantas (PIP).
Proporciona aclaraciones sobre el proceso mediante el cual la EPA revisa y garantiza la seguridad de los residuos de protectores incorporados en plantas (PIP) potencialmente presentes en niveles bajos en alimentos o piensos, y las condiciones bajo las cuales se aplicaría una tolerancia o exención del requisito de tolerancia. ser necesario para las pruebas de campo de plantas de cultivos alimentarios y forrajeros derivadas de la biotecnología que contienen protectores incorporados en las plantas.
07-1: Instrucciones de eliminación en las etiquetas de productos pesticidas no antimicrobianos para uso residencial o doméstico.
Este Aviso se emite para actualizar y revisar el Aviso PR 2001-6 para aclarar que el uso de un número gratuito en las instrucciones de eliminación en las etiquetas de productos pesticidas no antimicrobianos para uso residencial o doméstico es opcional. Si los solicitantes de registro optan por cambiar o eliminar un número gratuito de las instrucciones de eliminación en su etiqueta, este aviso brinda orientación sobre cómo realizar dichos cambios. Este aviso reemplaza el Aviso de PR 2001-6 en su totalidad y los Avisos de PR 83-3 y 84-1 en parte.

Artículos principales
Mercado de productos biológicos en Brasil: Fuerte crecimiento en medio de desafíos y regulaciones cambiantes

2006

06-1: Nuevas instrucciones para transmitir información a la Oficina de Programas de Plaguicidas, incluidas nuevas direcciones.
Este aviso entra en vigencia el 8 de mayo de 2006. Reemplaza dos avisos anteriores y está disponible en el sitio web de pesticidas en http://www.epa.gov/PR_Notices. Se aplica a todas las transferencias a OPP por correo, entrega en mano (personal) o por mensajería, o por fax.

2005

05-1: Declaraciones de etiquetado de productos utilizados para el control de mosquitos adultos.
Este Aviso presenta la guía de la Agencia sobre el lenguaje de etiqueta apropiado para productos pesticidas destinados a aplicaciones en áreas extensas para controlar mosquitos adultos.

2003

03-3 Orientación de procedimiento para los procedimientos de la Oficina de Programas de Plaguicidas de la EPA con respecto al desarrollo, modificación e implementación de documentos de orientación de políticas. 
La Oficina de Programas de Pesticidas (OPP) de la EPA utilizará los siguientes procedimientos para desarrollar, modificar e implementar sus documentos de orientación de políticas de programas de pesticidas. Estos procedimientos tienen dos objetivos. El primero es facilitar la participación pública en el desarrollo, modificación e implementación de los documentos de orientación de políticas de OPP; el segundo es aclarar que, si bien dichos documentos son declaraciones de política no vinculantes y no reglas legalmente vinculantes, sin embargo, desempeñan un papel importante para ayudar a garantizar un punto de partida coherente para la toma de decisiones de la OPP.
03-2 Revisión acelerada de permisos de uso experimental (EUP) para nuevos usos de alternativas convencionales de bromuro de metilo, alternativas de organofosforados (OP) y / o plaguicidas de riesgo reducido.
Proporciona orientación a todos los solicitantes de EUP para nuevos usos de plaguicidas con un uso previamente registrado designado como alternativa convencional de bromuro de metilo, alternativa de organofosforados y / o plaguicida de riesgo reducido.
03-1 Etiquetado de productos pesticidas bajo el Programa Nacional Orgánico (NOP).
Proporciona orientación a los solicitantes de registro de plaguicidas que pueden considerar participar en este programa voluntario.

2002

02-2 Guía para enviar solicitudes de decisiones sobre el umbral de regulación (TOR) a la Oficina de Programas de Plaguicidas. 
Proporciona orientación sobre cómo presentar una solicitud para una decisión de TOR y explica cómo la EPA tomará decisiones de TOR en el curso de una acción de registro de plaguicidas, un nuevo registro de plaguicidas o una reevaluación de tolerancia.
02-1 Listas de plagas de importancia significativa para la salud pública.
Sección 28 (d) de la Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas (FIFRA) requiere que la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA), en coordinación con el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (HHS) y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), identifique plagas de importancia significativa para la salud pública y, en coordinación con el Servicio de Salud Pública, para desarrollar e implementar programas para mejorar y facilitar el uso seguro y necesario de métodos químicos, biológicos y de otro tipo para combatir y controlar las plagas de importancia para la salud pública.

2001

01-5 Orientación para los solicitantes de registro de plaguicidas sobre el etiquetado del manejo de la resistencia a plaguicidas.
Un esbozo de las pautas voluntarias de etiquetado para el manejo de la resistencia a los plaguicidas basadas en el modo / lugar de acción objetivo para los usos agrícolas de herbicidas, fungicidas, insecticidas, bactericidas y acaricidas.
01-4 Eliminación de pruebas de resistencia al fenol para pesticidas desinfectantes y desinfectantes antimicrobianos.
Interrupción de las pruebas de resistencia al fenol como parte de las pruebas de eficacia de desinfectantes y desinfectantes antimicrobianos. Con vigencia inmediata, la Agencia considerará registrar o volver a registrar desinfectantes antimicrobianos o pesticidas desinfectantes sin respaldar las pruebas de resistencia al fenol. Todos los demás datos que respalden el registro o la reinscripción, incluidos los datos de pruebas de eficacia requeridos, deben enviarse y luego ser aceptados por la Agencia.
01-3 Repelentes de insectos: Restricciones de etiquetado para uso en bebés y niños y Restricciones en alimentos, frangancias y colores.
Anuncio del enfoque de la EPA para los repelentes de insectos con declaraciones de uso específicamente en bebés y niños. A veces, estos productos llevan declaraciones como "Protección al aire libre para niños" o "... para niños" o gráficos con imágenes de niños. La EPA cree que las afirmaciones dirigidas a los niños, así como las imágenes de alimentos o artículos predominantemente asociados con bebés y niños (por ejemplo, juguetes) pueden ser engañosas. La EPA cree que los cambios en la etiqueta y la aclaración de políticas establecidas reducirán los riesgos asociados con el uso inadecuado de repelentes de insectos y mejorarán la comprensión del consumidor. Además, este Aviso de Relaciones Públicas establece la posición actual de la EPA sobre los repelentes de insectos formulados para contener colores y fragancias predominantemente asociados con los alimentos (por ejemplo, uva, sandía o naranja). Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) han revisado y están de acuerdo con este aviso.
01-2 Requisitos de datos de toxicidad aguda para productos pesticidas granulares, incluidos aquellos con fertilizantes granulares en el producto. 
Proporciona orientación destinada a simplificar el proceso de clasificación y revisión de toxicidad aguda para ciertos productos pesticidas granulares, incluidos aquellos productos que contienen fertilizantes granulares.
01-1 Declaraciones de primeros auxilios en las etiquetas de los productos pesticidas.
Orientación sobre el formato y el contenido de las declaraciones de primeros auxilios en todas las etiquetas de productos plaguicidas. Este aviso tiene como objetivo proporcionar una guía para lo que la Agencia cree que es el lenguaje apropiado de primeros auxilios más actualizado para las etiquetas de productos pesticidas para garantizar que continúen protegiendo adecuadamente al público. La Agencia ha recibido información actualizada para las declaraciones de primeros auxilios y cree que esta información es más apropiada que la información que puede estar actualmente en las etiquetas de los productos pesticidas y alienta a los solicitantes de registro y solicitantes a actualizar las etiquetas de sus productos.

2000

00-9 Mitigación del riesgo de los trabajadores por plaguicidas organofosforados. 
Anunciar el enfoque de la EPA para manejar el riesgo de los trabajadores que pueden estar expuestos a productos plaguicidas organofosforados (OP) al mezclar, cargar, aplicar, marcar o manipular plaguicidas OP, o que están expuestos a residuos de estos plaguicidas mientras realizan tareas en áreas recientemente tratadas. El enfoque que se establece en este documento no es una acción final de la Agencia, sino que está destinado únicamente a servir de orientación. El aviso en sí no impone obligaciones vinculantes ni a los solicitantes de registro ni a la EPA. Las medidas descritas en este aviso se implementarán, según corresponda, mediante la reinscripción y otros procesos en curso. Ningún solicitante de registro está obligado a responder a este aviso ni a modificar las etiquetas de los productos en este momento.
00-7 El grupo de trabajo sobre exposición no dietética.
Grupo de trabajo de toda la industria para desarrollar conjuntamente datos de exposición residencial en interiores para pesticidas que contienen uno o más de los ingredientes activos piretroides sintéticos, piretro y sinergistas. Este Aviso explica por qué se están desarrollando estos datos y cómo los registrantes pueden desear participar en el desarrollo de estos datos al unirse al Grupo de Trabajo.
00-6 Plaguicidas de riesgo mínimo exentos según la sección 25 (b) de la FIFRA Aclaración de cuestiones.
Aclara varios aspectos de la exención para plaguicidas de riesgo mínimo por la regla de la Sección 25 (b) de la FIFRA, incluida la composición, el etiquetado, las tolerancias alimentarias y la regulación estatal.
00-5 Orientación para las declaraciones de etiquetado obligatorias y de asesoramiento.
Proporciona orientación al solicitante de registro para mejorar la claridad de las declaraciones de etiquetado con el fin de evitar instrucciones y precauciones confusas y para evitar el uso indebido de plaguicidas.
00-4 Instrucciones para transmitir información a la Oficina de Programas de Plaguicidas (OPP).
Este aviso actualiza las instrucciones para enviar o entregar correo a la Oficina de Programas de Plaguicidas (OPP).
00-2 La FIFRA (Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas) Grupo de Trabajo sobre Especies en Peligro de Extinción.
Grupo de trabajo de toda la industria que se formó en respuesta a los requisitos de datos de la EPA relacionados con el impacto potencial de los pesticidas en las especies amenazadas y en peligro de extinción ("especies en peligro de extinción"). Este Aviso también contiene un contacto de la EPA y el grupo de trabajo para las personas que deseen obtener más información.

1999

99-1 Importación de plaguicidas no registrados destinados a la exportación.
Aclara la interpretación de la EPA de la sección 17 (1) (1) de la FIFRA, ya que se relaciona con la importación de pesticidas, dispositivos o ingredientes activos no registrados utilizados en la producción de un pesticida cuando la importación es únicamente con el propósito de formulación o empaque para exportación posterior.

1998

98-10 Notificaciones, no notificaciones y modificaciones menores de formulación.
Amplía los cambios en el registro que pueden realizarse mediante notificación y no notificación, mantiene una revisión expedita de cambios menores en la formulación, modifica los procedimientos para las notificaciones de productos antimicrobianos.
98-9 Modificación de declaraciones de respiradores para etiquetas de productos pesticidas.
Mejoras para respiradores y cambios de designación para ciertos filtros de respiradores requeridos en las declaraciones de etiquetado de pesticidas. Porque el Instituto Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional ha revisado los estándares de respiradores para filtros de partículas, las referencias a los tipos de clasificación de filtros en las etiquetas de los pesticidas ya no son precisas. La EPA tiene la intención de modificar las regulaciones que gobiernan los requisitos de los respiradores para las etiquetas de los productos.
98-8 Renuncia de tarifas asociadas con objeciones de tolerancia.
Aclara la política de la EPA con respecto a las exenciones de tarifas asociadas con la presentación de objeciones a las acciones de tolerancia bajo la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FFDCA).
98-7 Cambios en el sistema de prioridad de registro que involucran alternativas de organofosforados (OP) y candidatos de riesgo reducido.
La conferencia LATAM de Comité de Riesgo Reducido acelerará nuevas revisiones de pesticidas para lo siguiente: 1. Alternativas al bromuro de metilo. 2. OP alternativas que pasan la evaluación de riesgo reducido. 3. Otros candidatos de riesgo reducido. 4. OP alternativas consideradas significativas, denegadas el estado de riesgo reducido, pero recomendadas para una revisión acelerada. 5. Cultivos potencialmente vulnerables identificados por USDA-EPA. 6. Prioridades de uso menores. 7. Prioridades de uso no menor. 8. Abordar los factores irritantes del comercio.
98-6 Requisitos de etiquetado de inflamabilidad para pesticidas nebulizadores de liberación total.
Nuevos requisitos de etiquetado para nebulizadores de liberación total y proporciona los procedimientos y el marco de tiempo para el cumplimiento. SÓLO afecta a los nebulizadores de liberación total que contienen un propulsor con un punto de inflamación de 20 grados Fahrenheit o menos.
98-5 Nuevos Formularios de Certificación en Materia de Citación de Datos.
La Oficina de Programas de Plaguicidas (OPP) de la Agencia de Protección Ambiental (EPA) anuncia nuevos formularios para citar datos para respaldar el registro o reinscripción de productos plaguicidas.
98-3 Orientación sobre las regulaciones finales de la FIFRA para los solicitantes de registro de productos plaguicidas.
Aclara qué información enviar, cómo y cuándo enviarla, y determina qué constituye una violación de la regla.
98-2 Productos esterilizantes químicos líquidos.
Informa a los solicitantes de registro de productos esterilizantes químicos líquidos cómo asegurarse de que sus productos sigan cumpliendo con los requisitos de la FIFRA donde aún se aplica la FIFRA, y cómo la EPA tratará los productos que ya no estén regulados por la FIFRA.
98-1 Autocertificación de datos de química del producto.
La conferencia LATAM de Oficina de Programas de Plaguicidas (OPP) del Agencia de Protección Ambiental (EPA) anuncia un programa de “autocertificación” para ciertos datos de química de productos de productos de uso de fabricación (MP) y productos de uso final (EP) producidos por un sistema de formulación no integrado. El programa es voluntario y está destinado a simplificar y acelerar el procesamiento de las solicitudes de registro y reinscripción mientras se mantiene la protección de la salud pública y el medio ambiente.

1997

97-6 Uso del término "inerte" en la declaración de ingredientes de la etiqueta.
Con efecto inmediato, la frase "ingredientes inertes" puede reemplazarse por el término "otros ingredientes". Aunque no se requiere que ningún solicitante de registro realice este cambio, la EPA anima a los solicitantes de registro a que lo hagan.
97-5 Uso de nombres comunes para ingredientes activos en el etiquetado de plaguicidas.
La EPA permitirá el uso de nombres comunes aprobados por la Instituto Americano de Estándares Nacionales (ANSI) en la declaración de ingredientes de la etiqueta sin los nombres químicos científicos adjuntos, y permitirá el uso de otros nombres comunes enumerados en este aviso sin el nombre químico científico adjunto. La EPA también recomienda la inclusión en las etiquetas de Servicio de Resúmenes Químicos (CAS) para identificar los ingredientes de forma definitiva.
97-2 Nuevas sustancias químicas, nuevos usos, permisos de uso experimental, enmiendas no rápidas y prioridades de registro de ingredientes inertes para plaguicidas convencionales.
Describe las políticas y procedimientos que ayudarán en la priorización y programación de solicitudes para los elementos antes mencionados manejados por la División de Registro.
97-1 Acciones de la agencia bajo los requisitos de la Ley de protección de la calidad de los alimentos (FQPA).
Explica cómo la EPA, de forma provisional, implementará las nuevas disposiciones legales de la Ley de protección de la calidad de los alimentos.

1996

96-8 Niveles toxicológicos significativos de ingredientes activos de plaguicidas.
Proporciona la interpretación de la EPA del término "toxicológicamente significativo", ya que se aplica a los contaminantes en productos pesticidas que también son ingredientes activos de pesticidas. Este aviso proporciona niveles de concentración basados en el riesgo de dichos contaminantes que generalmente se considerarán "toxicológicamente significativos".
96-5 Uso provisional de las directrices propuestas para la evaluación del riesgo de carcinógenos.
Describe la política de la EPA para aplicar las pautas propuestas para la evaluación del riesgo de carcinógenos en el período antes de que sean definitivas.
96-2 Cambios en los requisitos de prueba de envases a prueba de niños.
Revisiones de las normas de eficacia aplicables a los envases a prueba de niños (CRP). Todos los pesticidas sujetos a las regulaciones CRP y empaquetados y despachados para su envío a partir del 21 de enero de 1998 deben cumplir con las disposiciones obligatorias de los nuevos estándares de efectividad y procedimientos de prueba de protocolo.
96-1 Métodos de aplicación de la tolerancia: validación de laboratorio independiente por parte del peticionario.
Aclara los requisitos para la presentación de una validación de laboratorio independiente para acompañar a los nuevos métodos analíticos de plaguicidas y no contiene requisitos de datos adicionales.

1995

95-6 Prioridades del permiso para nuevos productos químicos, nuevos usos y usos experimentales (EUP) para plaguicidas convencionales.
Describe nuevas políticas y procedimientos para ayudar en la priorización y programación de nuevas acciones de registro de permisos de uso experimental, uso nuevo y químico para pesticidas convencionales manejados por la División de Registro.
95-3 Reducción de la Norma de protección del trabajador (WPS) Intervalos de entrada restringidos provisionales (REI) para ciertos plaguicidas de bajo riesgo.
Permite a los solicitantes de registro reducir los intervalos de entrada restringidos provisionales de WPS de 12 a 4 horas para ciertos plaguicidas de bajo riesgo.
95-1 Declaraciones de etiquetado de descargas de efluentes.
Exime a ciertos productos de llevar las declaraciones de etiquetado de descarga de efluentes para productos de uso de fabricación y productos de uso final que pueden descargarse en las aguas de los sistemas de alcantarillado de los EE. UU. Y municipales.

1994

94-8 Envases solubles en agua (WSP).
Describe los requisitos de registro para productos pesticidas que contienen envases solubles en agua.
94-5 Solicitudes de reconsideración de decisiones de revisión por pares de carcinogenicidad basadas en cambios en los diagnósticos patológicos.
Establece los procedimientos a seguir para la presentación de relecturas de patología a la EPA.
94-3 Cómo obtener información de la Oficina de Programas de Plaguicidas (OPP).
Proporciona orientación general sobre cómo obtener información general de la Oficina de Programas de Pesticidas.

1991

91-2 Precisión de los porcentajes establecidos para la declaración de ingredientes.
Aclara la política de la EPA con respecto a la declaración de porcentajes en la declaración de ingredientes de la etiqueta del pesticida. Establece la concentración nominal como la única declaración de etiqueta aceptable para la cantidad de ingrediente activo en el producto.
91-1 Procedimientos para solicitar voluntariamente la eliminación de usos aprobados de etiquetas registradas.
Define el procedimiento que debe utilizar el solicitante de registro cuando desee solicitar una enmienda para eliminar uno o más usos de un registro aprobado, y resume las acciones que la Agencia tomará en respuesta a tales solicitudes.

1990

90-3 Anuncio de la formación de un grupo de trabajo sobre deriva de pulverización en toda la industria.
Emitido por la Agencia con el único propósito de informar a los solicitantes de registro de plaguicidas sobre las actividades del Grupo de Trabajo sobre Derivación por Rociado. No tiene la intención de definir o restringir los términos o las enmiendas posteriores al acuerdo de Joint Venture que rige el Grupo de Trabajo de Derivación de Rociado y su operación.
90-1 Ingredientes inertes en productos pesticidas; Declaración de política revisada.
Los solicitantes de registro de productos que contienen dos ingredientes inertes de interés toxicológico que se han agregado a la lista 1 deberán presentar solicitudes para enmendar sus registros para agregar una declaración en la etiqueta que identifique el ingrediente inerte en particular.

1987

87-1 Programa de mejora de etiquetas (LIP) para pesticidas aplicados a través de sistemas de riego (quimigación).
Este Aviso requiere que los registrantes de productos pesticidas registrados bajo FIFRA y aplicados a través de sistemas de riego revisen el etiquetado para incluir instrucciones de uso adicionales y otras declaraciones descritas en este Aviso. Ningún producto pesticida de uso final etiquetado para usos agrícolas, viveros, granjas de césped, campos de golf o invernaderos puede ser liberado para su envío por un registrante o productor de ese producto después del 30 de abril de 1988 a menos que el producto tenga una etiqueta enmendada que cumpla con el LIP. .

1986

86-5 Formato estándar para datos presentados bajo la Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas (FIFRA) y ciertas disposiciones de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FFDCA).
Se aplica a todos los datos enviados a la EPA para satisfacer los requisitos de datos para otorgar o mantener registros de plaguicidas, permisos de uso experimental (EUP), tolerancias y aprobaciones relacionadas bajo ciertas disposiciones de FIFRA y FFDCA. Estos datos se definen en la sección 10 (d) (1) de FIFRA. Este Aviso no se aplica a la información comercial, financiera o de producción, que se presenta, y debe continuar siendo, presentada de manera diferente bajo una cubierta separada.

1984

84-1 Aclaración del programa de mejora de etiquetas para la seguridad de los trabajadores agrícolas y la instrucción de almacenamiento y eliminación de plaguicidass.
Esto tiene como objetivo aclarar las intenciones de la Agencia con respecto al Programa de mejora de etiquetas de pesticidas (LIP) para la seguridad de los trabajadores agrícolas y las instrucciones de almacenamiento y eliminación de pesticidas.

1983

83-3 Programa de mejora de etiquetas: declaraciones de etiquetas de almacenamiento y eliminación.
Este Aviso informa a todos los solicitantes de registro que la etiqueta de todos los productos debe incluir declaraciones actualizadas de almacenamiento y eliminación. Los inscritos que deseen realizar cambios no especificados en este Aviso, deben presentar una solicitud de registro enmendado.

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